"Oraré con
el espíritu, pero oraré también con el entendimiento. Cantaré con el
espíritu, pero cantaré también con el entendimiento" (1 Cor. 14:15).
En este texto el orar con el Espíritu y el cantar con el espíritu se
refiere a orar y cantar en lenguas, como el ver. 16 explica:
"Porque si bendices sólo con el espíritu (en lenguas), el que ocupa
lugar de simple oyente, ¿cómo dirá el Amén a tu acción de gracias?
pues no sabe lo que has dicho".
El oyente no puede decir Amén porque
no entiende la lengua. En todo el capítulo Pablo insiste en que
hubiera interpretación de las lenguas, y si no había intérprete,
entonces los que tenían tal don callaran (1 Cor. 14:27). Por eso, el
orar y cantar con el espíritu es orar y cantar en lengua y el
orar y cantar con entendimiento es orar y cantar con
interpretación.